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Home » Nuestro blog » La emancipación y la pensión alimenticia de los hijos incapacitados plantean problemas a los padres

La emancipación y la pensión alimenticia de los hijos incapacitados plantean problemas a los padres

By CohenMalad, LLP

Por: Julie Andrews, Abogada

Hace unos años, la legislatura aprobó una ley que cambiaba la edad de emancipación en Indiana. Los hijos se emancipan a los 19 años. El efecto jurídico de esta medida es que los padres ya no tienen la obligación legal de mantener económicamente a los hijos una vez que cumplen 19 años. Pero, ¿qué ocurre si uno de los padres tiene un hijo con discapacidad? La ley que regula la emancipación es el artículo 31-16-6-6 del Código de Indiana, que establece lo siguiente:

(a) La obligación de mantener a un hijo en virtud de este capítulo, que no incluye el apoyo a las necesidades educativas, cesa cuando el hijo cumple diecinueve (19) años de edad, a menos que se produzca alguna de las siguientes condiciones:

(1)…..

(2) El menor está incapacitado. En este caso, la pensión alimenticia continúa durante la incapacidad o hasta nueva orden judicial.

La manutención de los hijos, o la obligación legal de prestar apoyo económico, puede continuar durante el periodo en que el hijo esté incapacitado más allá de los 19 años. Para ello, el progenitor que se opone a la emancipación tiene la carga de demostrar al Tribunal que el menor está incapacitado. Esto requiere algo más que ser etiquetado o clasificado como persona con discapacidad. Recibir prestaciones educativas o ayudas estatales o municipales no pone fin automáticamente a la investigación sobre lo que significa la incapacitación en relación con la manutención de los hijos y la emancipación.

“[I]ncapacidad” se define en la jurisprudencia como la “cualidad o estado de ser incapaz, falta de capacidad; carencia de poder físico o intelectual, o de cualificación mental o jurídica; inhabilidad; incapaz; incapacidad; incompetencia”. Liddy v. Liddy, 881 N.E. 2d 62 (Ind.Ct.App. 2008), citando Bole v. Civil City of Ligonier, 161 N.E.2d 189, 194 (Ind. Ct. App. 1959). La incapacidad también se ha definido en el contexto de la emancipación ya que “es evidente que no se produce la emancipación cuando, debido a una enfermedad o lesión, un hijo queda tan incapacitado física o mentalmente que no puede valerse por sí mismo y debe permanecer en casa con uno de sus progenitores.” Baker contra Baker488 N.E.2d 361, 366 (Ind.Ct.App.2008) citando Zakrocki v. Zakrocki60 N.E.2d 745 (Ind. Ct. App. 1945); véase también Caddo contra Caddo, 468 N.E.2d 593, 594 (Ind.Ct.App. 1984).

Hay casos en los que esta incapacidad parece obvia, como cuando una persona tiene un coeficiente intelectual en el rango de retraso mental moderado, una persona tiene un trastorno físico o psicológico que no puede controlarse con y medicamentos y requiere hospitalización frecuente y cuando una persona tiene una discapacidad importante en una extremidad. Pero ¿qué pasa con los casos que no son tan obvios, como una persona con problemas de aprendizaje o que se encuentra en el evasivo espectro del autismo? Estos casos más grises están sujetos a resolución judicial. Los jueces también tienen la capacidad de determinar que una persona está parcialmente emancipada y ordenar que continúe algún tipo de manutención de los hijos. Normalmente, los Jueces se fijan en asegurarse de que la persona tiene un seguro, en caso de que los padres dispongan de él.

¿Una “victoria” en los tribunales limita los recursos disponibles?

Hay circunstancias en las que una persona discapacitada podría recibir más ayudas económicas a través de la Seguridad Social y otros programas de asistencia estatales o de condado si los padres aceptan que su hijo adulto se emancipe. La existencia de una orden de manutención de los hijos puede limitar la financiación a una persona que pueda estar incapacitada. Una orden de manutención también puede hacer que el hijo adulto no tenga derecho a prestaciones.

Proteger el interés superior de su hijo

Siempre que hay niños implicados en un asunto de Derecho de familia, la única pregunta que debe guiar a los padres es “¿qué es lo mejor para mi hijo?”. La decisión de solicitar la emancipación para que su hijo tenga la oportunidad de recibir ayudas públicas dependerá de sus circunstancias particulares. Independientemente de su elección, debe buscar la ayuda de un abogado especializado en derecho de familia que tenga experiencia en asuntos complejos de manutención de menores. Tengo una práctica de derecho de familia de servicio completo y han abogado en nombre de mis clientes durante muchos años en la manutención de los hijos, custodia de los hijos, y asuntos relacionados.

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