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Home » Nuestro blog » Proteger su empresa con cláusulas de no competencia y no captación de clientes

Proteger su empresa con cláusulas de no competencia y no captación de clientes

By CohenMalad, LLP

por: Arend J. Abel, Abogado
Los empresarios invierten mucho tiempo y dinero en desarrollar relaciones con los clientes. Esa inversión puede correr peligro cuando los empleados clave que han prestado servicios a los clientes se marchan a trabajar a otro lugar. Las valiosas relaciones que han construido pueden ser fácilmente aprovechadas para trasladar clientes a la competencia, a menos que el empresario tome las medidas adecuadas para proteger el negocio.
Del mismo modo, una persona que compra una empresa ya existente invierte dinero para adquirir las listas y relaciones de clientes, así como el inventario y el producto. Los compradores pueden estar poniendo en riesgo su inversión si permiten que el vendedor siga teniendo libertad para volver a poner en marcha el negocio y competir por los antiguos clientes del vendedor.

¿Cómo pueden protegerse los empresarios o compradores?
La ley ha desarrollado dos tipos de disposiciones contractuales destinadas a proteger a los empresarios y compradores de los riesgos mencionados:

1. Acuerdos de no competencia, y

2. Acuerdos de no captación de clientes
Estas cláusulas se denominan a veces “pactos” de no competencia y no captación, o simplemente “cláusulas de no competencia” y “no captación”. El propietario de una empresa debe tener muy en cuenta este tipo de disposiciones siempre que contrate a un nuevo empleado clave, sobre todo si tiene responsabilidades en las relaciones con los clientes. También es posible hacer que los empleados actuales firmen cláusulas de no competencia o no captación como condición para seguir trabajando.
Los acuerdos de no competencia y no captación también pueden firmarse cuando se compra una empresa. Estos acuerdos pueden restringir a los antiguos propietarios del negocio la posibilidad de volver a ponerlo en marcha y competir por sus antiguos clientes.
Los tribunales han impuesto limitaciones estrictas a los acuerdos de no competencia y no captación, permitiendo disposiciones en la medida en que protejan un interés legítimo de la parte que se beneficia del pacto. Sin embargo, el acuerdo también debe ser razonable en términos de (1.) ámbito geográfico, (2.) tiempo y (3.) actividades restringidas.
Por ejemplo, si una empresa sólo opera en un condado concreto, un tribunal podría considerar que una cláusula que prohíba a un empleado competir en todo el estado no es razonable. Del mismo modo, un tribunal podría considerar que una restricción de cinco años que prohíba a un empleado competir es demasiado larga. Del mismo modo, si un empleado sólo trabajaba en una parte concreta de la empresa en la que tenía contacto con los clientes, un tribunal podría rechazar una restricción que impidiera al empleado trabajar en otra función en una empresa competidora. En cualquiera de estas circunstancias, el tribunal podría considerar que la cláusula de no competencia o de no captación es inaplicable.
Normalmente, los tribunales aplican más fácilmente las restricciones relacionadas con la compra o venta de una empresa, basándose en la teoría de que el vendedor de la empresa recibió un beneficio sustancial a cambio de la restricción. Sin la restricción, razonan los tribunales, el comprador de la empresa podría verse privado de los beneficios de la operación de compra, a saber, que los vendedores utilizarán sus relaciones para volver a poner en marcha el negocio y competir directamente con su antigua empresa, poniendo en peligro la inversión del nuevo propietario. Así pues, es probable que los tribunales toleren restricciones de mayor duración y alcance.
También es más probable que los tribunales apliquen restricciones que prohíben a los antiguos empleados solicitar clientes con los que tuvieron contacto durante su empleo.
Dependiendo de cómo estén redactadas las restricciones, los tribunales pueden anular algunas partes y aplicar otras. Por ejemplo, un tribunal podría anular una restricción excesivamente amplia sobre la competencia, pero mantener una restricción contra la captación de clientes con los que un empleado haya tenido contacto mientras trabajaba para una empresa. Del mismo modo, si se establecen por separado varias zonas geográficas, como los condados, un tribunal puede considerar que una restricción contra la competencia es válida en algunos condados pero no en otros.
Los empresarios deben considerar cuidadosamente qué tipo de restricciones pueden ser necesarias en un acuerdo de no competencia o de no captación para proteger sus intereses empresariales legítimos sin que su alcance sea demasiado amplio. Es importante contratar a un abogado experto en la redacción de cláusulas de no competencia y no captación para asegurarse de que, si se anulan algunas partes del pacto, puedan mantenerse otras disposiciones que protegen los intereses de la empresa. Del mismo modo, si las cláusulas de no competencia y no captación son incumplidas por un vendedor o empleado saliente, el propietario de una empresa debe asegurarse de contratar a un abogado experto en litigar dichas cláusulas.
Lo último que quiere el propietario de una empresa es descubrir que un contrato que creía que le protegía es completamente inválido, dejando a ex empleados o vendedores de la empresa en libertad de competir por clientes valiosos.

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